Salud mental

Elimina las restricciones de cobertura por salud mental

Tras algunos cambios legislativos y de jurisprudencia por parte de nuestras Cortes, hoy ya es posible eliminar el tope de cobertura en salud mental, lo que significa que después que presentes un recurso con nosotros, tendrás la misma cobertura que tiene cualquier otra prestación de atención médica de acuerdo a tu plan de salud, sin restricciones y sin tener que cambiarte de plan.

No existe salud si no hay salud mental

No más coberturas reducidas y con restricciones en materia de atenciones por salud mental.
Su cobertura debe ser idéntica a la de cualquier otra atención médica, sin restricciones.

Usted puede reclamar desde ya, enviándonos su contrato de salud y un certificado de afiliación. Consulte nuestras preguntas frecuentes para tener mayor información.

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Preguntas frecuentes sobre el fin a las restricciones a las atenciones por salud mental

Si ya existe una ley que elimina dichas diferencias de cobertura, ¿por qué igualmente tengo que hacer un reclamo?

Porque la ley solamente se refiere a los contratos nuevos que se hayan hecho con posterioridad a la publicación de dicha ley. Nosotros hemos ido más allá, exigiendo que el fin de las restricciones también alcance a los afiliados que tengan planes más antiguos, lo que hemos conseguido con éxito.

Yo no estoy haciendo uso de atenciones por salud mental. ¿Por qué me convendría igualmente reclamar?

Muchas veces uno inconscientemente posterga la decisión de asistir a un psicólogo o psiquiatra por las restricciones impuestas por su Isapre en su plan de salud, lo que encarece dramáticamente su costo. Con nuestra gestión, usted podrá ir cuantas veces necesite, sin restricción alguna.

Tengo varios hijos que muchas veces necesitan de asistencia psicológica. ¿Su caso es distinto?

No. Cada hijo o carga son casos separados, y cada uno tiene al igual que el titular del plan, derecho a una cobertura sin las restricciones que contempla su plan de salud.

¿Cuánto dura el proceso de reclamación?

El recurso de protección para eliminar las restricciones de cobertura puede durar entre 3 a 4 meses. Le hacemos presente que luego del fallo, es común que las Isapre demoren unos tres meses en cumplir con el fallo.

¿Cuál es el plazo para reclamar?

No hay un plazo determinado. La Corte ha señalado que la restricción de cobertura ha tenido efectos permanentes en el tiempo, y sus efectos han seguido hasta la interposición del recurso, por lo que puede interponerlo cuando usted lo estime conveniente.

¿El reclamo lo tengo que interponer todos los años?

No. Es para siempre. Basta con que lo haga una vez y usted y todas sus cargas estarán beneficiadas con la eliminación de las restricciones de cobertura por salud mental.

¿Ustedes pueden asegurar o garantizar que el recurso será acogido?

Si bien tenemos excelentes argumentos y contamos con una jurisprudencia que nos avala, no debe olvidar que al final la decisión no la tomamos nosotros sino los ministros de la Corte quienes son los que en definitiva deciden.

En la eventualidad que nos vaya mal y el recurso sea rechazado, ¿ustedes devolverán los honorarios?

No. Usted no debe perder de vista que detrás de todo juicio hay trabajo, tiempo invertido y recursos que se gastan para poder darle la mejor atención. No podemos trabajar gratis ya que no somos una ONG.

Eventualmente esto lo podría hacer yo. ¿Por qué tendría que recurrir a ustedes?

Por varias razones.

  1. Llevamos más de 15 años dedicados a estas materias, y sabemos cómo manejarnos ante cualquier eventualidad o percance que pueda suceder en el juicio.
  2. Es frecuente la tardanza o derechamente el incumplimiento de las Isapre ante los fallos de la Corte. En este caso somos nosotros quienes hacemos todas las presentaciones a la Corte y presionamos a las Isapre para que cumplan.
  3. Usted evita el desgaste de estar pendiente de un juicio que queda en manos de expertos, descansando en nosotros para una pronta solución.
  4. Usted nos puede pedir constante asesoría por este y otros temas relacionados sin ningún costo y cuantas veces quiera.

Yo vivo en regiones. ¿Tengo que hacer algún trámite presencial con ustedes?

No. Todo lo hacemos en forma virtual y online, ofreciendo nuestros servicios en todo el territorio nacional.

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